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NoticiasLa objeción de conciencia es un derecho de todos los ciudadanos y, por tanto, también de los médicos5 de marzo de 2008 Tras las declaraciones de Bernat Soria, ministro de Sanidad, sobre la objeción de conciencia, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos ha querido salir al paso para aclarar que la objeción de conciencia es un derecho constitucional, al igual que es un derecho del ciudadano que se respeten sus deseos o exigir o no una determinada prestación sanitaria legalmente establecida.
Nadie puede actuar como si objetara, pero sin hacerlo, ni hacer objeción de conciencia cuando está actuando mal o existen soluciones que respetan los derechos del paciente y del médico. Instrumentalizar la objeción de conciencia por objetivos económicos es una conducta reprobable que atenta contra los principios deontológicos de la profesión médica. Alarma innecesaria en la poblaciónSin embargo, declaraciones como las que en el día de ayer realizó el ministro de Sanidad en relación a que algunos médicos alegan objeción de conciencia por la mañana (en la sanidad pública) y realizan abortos por la tarde (en la sanidad privada), deberían estar fundadas en hechos reales y no en supuestos, porque de conocerse, éstos deben ponerse obligatoriamente en conocimiento inmediato del Colegio Oficial de Médicos correspondiente y, en su caso, de la autoridad competente, ya que, además de ser un desprestigio para la profesión médica, crean una alarma innecesaria en la población general. La objeción de un profesional a practicar una técnica determinada no debe considerarse, en principio, incompatible con el ejercicio de su especialidad, incluso en el ámbito de la sanidad pública. No todo especialista realiza todos los actos clínicos propios de su especialidad. Dentro de un servicio clínico hay distintas funciones, y la objeción suele resultar compatible con el trabajo de los objetores dentro de equipos bien estructurados. De ahí la necesidad de que las objeciones, cuando el profesional sabe con antelación que se van a producir, deban hacerse públicas, comunicarse a los superiores y convertirse en un elemento a tener en cuenta a la hora de la organización de los servicios y la distribución de las tareas. Registro de médicos objetoresCon relación a un posible registro de médicos que aleguen objeción de conciencia, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos deja bien claro que dichos registros deben estar en manos de las organizaciones profesionales, que son las que velan por la autorregulación, el código ético y el buen ejercicio profesional, ya que ningún profesional debe ser discriminado a causa de sus principios. Por ello, se considera recomendable que las personas que saben que van a objetar a ciertas prácticas lo comuniquen con antelación a su Colegio profesional y a la dirección del servicio, a fin de que se tomen las medidas organizativas necesarias para que los pacientes no resulten desasistidos ni sufran menoscabo en su asistencia. Más información:
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