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NoticiasLa Audiencia Nacional acepta el recurso de la OMC y ratifica que sólo los profesionales sanitarios podrán realizar actividades sanitarias18 de octubre de 2007 La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (sección 4ª) ha estimado el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos contra la Orden SCO/1741/2006, de 29 de mayo, que modificaba el Decreto sobre autorización de Centros Sanitarios, declarando la nulidad del apartado cinco del artículo único, así como la disposición adicional única de la citada orden ministerial.
Esta sentencia anula las normas que permitían realizar a quienes no son profesionales sanitarios actividades propias de la asistencia sanitaria y, por otro lado, permitían constituir consultas de psicología que, al margen de los especialistas (los psicólogos clínicos) ejecutaran actividades sanitarias. La importancia de esta sentencia radica en que no admite, de forma manifiesta, que quienes no estén considerados profesionales sanitarios (según la definición de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias) puedan realizar actividades sanitarias. Más información:
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