|
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Europa al Día137. Requisitos para colegiarse en Portugal y el Reino Unido: Portugal17 de octubre de 2004 Información actualizada en marzo de 2008 El derecho de establecimiento permite a cualquier médico español ejercer la profesión de manera estable en otro Estado miembro de la Unión Europea. A continuación se detallan los pasos a seguir para trabajar en Portugal: DirecciónLa colegiación debe efectuarse en el Consejo Regional de la zona donde se vaya a residir. La dirección del órgano central es:
Documentación necesariaLa documentación a presentar de los ciudadanos comunitarios con títulos de la UE es la siguiente: Títulos y certificados:
Situación legal:
Buena conducta profesional: Otros:
TramitaciónTodos los documentos deben ser originales o fotocopias compulsadas, legalizados convenientemente y sellados con la apostilla de la Haya, salvo que exista una norma que dispense de la legalización. Los documentos también se pueden legalizar en los servicios consulares. Los documentos cuyo original no esté en portugués deberán ir acompañados de su respectiva traducción oficial realizada por un traductor jurado. Más información:
Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al día" sin citar la fuente o sin haber obtenido el permiso del Consejo General de Colegios Médicos de España. |
Consulta pública de colegiadosCarné de médico colegiado Agenda
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(C) 2008 Organización Médica Colegial | Plaza de las Cortes, 11 - 28014 Madrid Tlf. 91 431 77 80 | XHTML 1.0 Strict | CSS 3 | RSS |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||