Europa al Día

108. Guía práctica para la libre circulación de personas en la Europa ampliada

7 de julio de 2003

La Unión Europea en la actualidad está formada por quince [1] Estados miembros y en muy poco tiempo se va a ampliar a veinticinco Estados y posteriormente a veintisiete [2], lo que dará lugar a que los nuevos ciudadanos comunitarios disfruten del derecho a la libre circulación de personas, con el correspondiente reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales. Esto no se va a hacer de manera inmediata después de la adhesión formal, sino que se establecerá un periodo transitorio para evitar una migración de dimensiones masivas y perturbadoras.

Europa

En el ámbito internacional, funciona actualmente un sistema por el cual las personas de los futuros Estados miembros necesitan conseguir un permiso de trabajo para trabajar en la UE. Este sistema continuará funcionando varios años después de la ampliación y durante ese tiempo se irá adaptando poco a poco al funcionamiento de la UE.

Habrá una “regla de preferencia”, lo que significa que, cuando se ofrezca un empleo a un extranjero, los ciudadanos de los futuros Estados miembros, tendrán prioridad sobre los de los países no pertenecientes a la UE.

Durante los dos años posteriores a la adhesión, los actuales Estados miembros admitirán trabajadores de los futuros Estados miembros con arreglo a las normas nacionales.

Dos años después de la adhesión, la Comisión Europea informará de la situación y los Estados miembros tendrán que anunciar que sistema desean utilizar a partir de entonces. Puede que para ese momento, algunos países se hayan adaptado ya al funcionamiento de la UE. Para los demás, se concederá un nuevo plazo de tres años.

No se aplicará este periodo transitorio ni para Chipre ni para Malta.


[1] Los actuales Estados miembros son: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Grecia, Finlandia, Francia, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia.

[2] Los futuros Estados miembros son: Bulgaria, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, República Checa y Rumania.

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Libre circulación de personas - Guía práctica para la Unión después de la adhesión183.59 KB

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