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Europa al Día90. Directiva sobre los complementos alimenticios9 de mayo de 2002 Recientemente se ha publicado la directiva 2002/46/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios.
Estos complementos alimenticios se definen en la directiva como aquellos productos alimenticios consistentes en fuentes concentradas de nutrientes o de otras sustancias con efecto nutricional, cuyo fin es completar la dieta normal y están comercializados en forma dosificada, es decir, cápsulas, pastillas, tabletas y otras formas similares, polvos, ampollas de líquido, botellas cuentagotas. En el anexo II de la directiva se indican las sustancias vitamínicas y minerales y en el anexo I las vitaminas y minerales que pueden utilizarse en la fabricación de complementos alimenticios. Se establecen las cantidades máximas de vitaminas y minerales presentes en los complementos alimenticios por dosis diaria. También se especifican en la directiva los requisitos que debe cumplir el etiquetado, la presentación y la publicidad de estos productos. Los Estados miembros deberán adoptar las disposiciones necesarias para adaptar su derecho nacional antes del 31 de julio de 2003.
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