El derecho de establecimiento permite ejercer la profesión de manera estable en otro Estado miembro, para lo que será necesario colegiarse en los países en los que sea obligatorio.
El prestador de servicios médicos se desplaza temporalmente a otro Estado miembro. No es necesario colegiarse en la organización médica del país de destino, pero se puede prever una inscripción temporal que se produzca automáticamente o una adhesión pro forma al colegio profesional.
La documentación a presentar depende del país de destino. Es posible consultar las normas de Alemania, Francia, Portugal o Reino Unido, los países de destino más habituales para los médicos españoles.
De modo orientativo, los requisitos mínimos son:
Para ejercer la medicina en Estados Unidos, el destino más solicitado fuera de Europa por los médicos españoles, hay que conseguir un permiso (licence to practise) que se obtiene en cada State Medical Board. Cada Board establece sus propias normas.
Previamente hay que conseguir el certificado de la Educational Commission for Foreign Medical Graduates (ECFMG).
También hay que examinarse del United States Medical Licensing Examination (USMLE).
Para más información, dirigirse directamente al Board del Estado donde se quiera ejercer.
| Documentos | Tamaño |
|---|---|
| Directiva 2005/36/UE. Anexo V.1. Reconocimiento de título y especialidades médicas | 246.31 KB |
Estas son algunas de las webs más importantes en las que se ofrece trabajo para médicos en otros países:
Uno de los documentos necesarios para colegiarse y trabajar como médico en otros países de la Unión Europea es el Certificado de Buena Conducta Profesional.
Este certificado lo expide el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos basándose en los datos facilitados por el Colegio Oficial de Médicos de la provincia donde se esté o se haya estado colegiado.
Médicos colegiados. Los médicos colegiados o que hayan estado colegiados anteriormente deben dirigirse a su respectivo colegio provincial, que se encargará de la tramitación.
Médicos no colegiados. Los que que no hayan estado colegiados nunca deberán enviar al Consejo por correo postal una fotocopia compulsada del título de médico o acreditación sustitutiva y una fotocopia del DNI o pasaporte.
Algunos países piden que este certificado se legalice con la Apostilla de la Haya. Este trámite se realiza exclusivamente en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El Certificado de Buena Conducta Profesional tiene una validez de 3 meses.
Los ciudadanos comunitarios con títulos de la Unión Europea deben seguir los siguientes pasos para poder trabajar como médico en Alemania:
Deben conseguir su reconocimiento como médico ante las autoridades competentes del land donde deseen ejercer:
Bundesaerztekammer
Para ello deberán presentar los siguientes documentos:
Una vez se le haya otorgado la “approbation” o permiso para trabajar como médico, el facultativo deberá inscribirse en el colegio de médicos del land correspondiente a su lugar de trabajo:
BundesaerztekammerSi se quiere ejercer como médico de una caja de salud hay que inscribirse previamente en la correspondiente asociación de médicos de cajas de salud. La organización nacional de cajas de salud es la Kassenärztliche Bundesvereinigung:
Kassenärztliche Bundesvereinigung (KBV)La competencia exclusiva para proporcionar empleo en hospitales y demás instituciones sanitarias la tienen:
También aparecen ofertas de empleo en el Boletín Alemán de Médicos:
Todos los médicos colegiados reciben semanalmente este boletín.
El derecho de establecimiento permite a cualquier médico español ejercer la profesión de manera estable en otro Estado miembro de la Unión Europea.
Los requisitos para un médico español que desee colegiarse en Francia son:
La colegiación debe efectuarse en el Consejo Departamental de la Orden de Médicos de la provincia donde se quiera ejercer:
Una vez colegiado, el médico debe registrar su título en la prefectura (direction départementale des affaires sanitaires et sociales) del lugar de colegiación.
El derecho de establecimiento permite a cualquier médico español ejercer la profesión de manera estable en otro Estado miembro de la Unión Europea.
A continuación se detallan los pasos a seguir para trabajar en Portugal:
La colegiación debe efectuarse en el Consejo Regional de la zona donde se vaya a residir. La dirección del órgano central es:
La documentación a presentar de los ciudadanos comunitarios con títulos de la UE es la siguiente:
Títulos y certificados:
Situación legal:
Buena conducta profesional:
Otros:
Todos los documentos deben ser originales o fotocopias compulsadas, legalizados convenientemente y sellados con la apostilla de la Haya, salvo que exista una norma que dispense de la legalización. Los documentos también se pueden legalizar en los servicios consulares.
Los documentos cuyo original no esté en portugués deberán ir acompañados de su respectiva traducción oficial realizada por un traductor jurado.
El derecho de establecimiento permite a cualquier médico español ejercer la profesión de manera estable en otro Estado miembro de la Unión Europea.
A continuación se detallan los pasos a seguir para trabajar en Reino Unido:
Para ejercer y hacer la especialidad en el Reino Unido es necesario colegiarse en GMC, cuya dirección es la siguiente:
El GMC también tiene oficinas en: Manchester, Edimburgo, Cardiff y Belfast.
Existen varios tipos de colegiación en función de la nacionalidad del solicitante, el país de procedencia del título y la naturaleza del título: provisional, full, specialist & GP registration.
Para colegiarse hay que rellenar un formulario, facilitar un documento de identidad, los títulos, un Certificado Buena Conducta Profesional, asistir a una reunión de comprobación de la documentación (identity check) y pagar una cuota.
Los requisitos son diferentes en función de tipo de colegiación.
Se pueden mandar fotocopias de los documentos por correo, cuyos originales serán comprobados en la reunión “identity check”.
En el caso de que el documento original no esté en inglés, deberá ir acompañado de su respectiva traducción oficial realizada por un traductor jurado.
Los médicos españoles no están obligados a hacer un examen de inglés para colegiarse en el Reino Unido. Sin embargo, deben demostrar a quien los contrate que tienen un nivel de inglés hablado y escrito suficiente como para poder realizar su trabajo convenientemente.