Como continuación a la información que facilitamos en el Boletín “Europa al día” número 101, incluimos en el presente número las siguientes disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la UE el día 27 de octubre de 2003:
En estas decisiones se describen las características de la tarjeta sanitaria europea, que sustituirá a los formularios previstos en los Reglamentos 1408/71 y 574/72 para poderse beneficiar de la cobertura financiera de la asistencia sanitaria durante una estancia temporal en un Estado miembro distinto del Estado competente o de residencia.
La tarjeta deberá contener los siguientes datos:
La institución que expida la tarjeta europea determinará el periodo de validez de la misma.
| Documentos | Tamaño |
|---|---|
| Comisión administrativa de las Comunidades Europeas | 44.52 KB |
| Decisión Nº 190 relativa a las características técnicas de la tarjeta sanitaria europea | 1.04 MB |