Archivo de boletines de Europa al Día. 2005
El 1 de abril de este año entrará en vigor el sistema de "recertificación" en el Reino Unido, que cuenta con el apoyo total del Gobierno y que obligará a los médicos a demostrar periódicamente que están al día y capacitados para ejercer su profesión, presentando pruebas basadas en su ejercicio profesional.

A partir de esa fecha, los médicos que quieran ejercer la medicina en el Reino Unido deberán obtener un permiso. Para conservar este permiso y los privilegios que actualmente se derivan de la colegiación, deberán demostrar al General Medical Council (GMC) que sus conocimientos están al día y siguen capacitados para ejercer su profesión.
La idea de la recertificación partió del presidente del General Medical Council (GMC) en el año 1998, y es una consecuencia natural del cambio en la relación médico/paciente que se ha producido en los últimos diez años en el Reino Unido. Tiene por finalidad que los pacientes confíen en la competencia profesional de sus médicos basada en elevados principios éticos.
Según las últimas noticias de que disponemos, el Gobierno británico ha decidido posponer la recertificación a la espera de que se aclaren algunas cuestiones.
Los problemas han surgido a raíz de la publicación del 5º informe sobre el caso Shipman que ha elaborado en diciembre de 2004 Janet Smith, magistrada del Tribunal Supremo.
Este informe considera que la recertificación podría aportar una gran contribución a la identificación de médicos incompetentes y con bajo rendimiento profesional para garantizar la seguridad del paciente, pero el actual proyecto del GMC, según Smith, no podría alcanzar este objetivo, al no facilitar las vías adecuadas de evaluación de la calidad profesional.
Harold Shipman es un médico de familia condenado a cadena perpetua, también conocido como “doctor muerte”, que durante los 23 años que ejerció su profesión fue responsable directo del fallecimiento de más de 200 pacientes.
La Comisión Europea junto con el Consejo de Europa y el Ministro de Sanidad y Asuntos Sociales de Finlandia, en cooperación con la OMS Europa están celebrando una conferencia sobre salud mental en Helsinki durante los días 12 -15 de enero de 2005.
Cada año mueren en Europa 58.000 ciudadanos por suicidio, siete mil más que por accidente de automóvil y el comisario europeo de Sanidad y Consumo, Markos Kyprianus, ha alertado sobre el peligro de las enfermedades mentales, refiriéndose a ellas como "el asesino invisible de Europa".
La salud mental es una de los temas prioritarios del programa de acción comunitario en materia de salud pública para los años 2003-2008. Sin embargo, el comisario europeo considera que es necesario que la UE utilice recursos y establezca una verdadera estrategia comunitaria para la lucha contra este tipo de dolencias.
Los datos muestran que mientras que las víctimas por asesinato ascienden a 5.350 cada año, la mayor parte de las muertes por suicidio están ligadas a enfermedades mentales, especialmente depresión. Un 15% de las personas que sufren depresión grave se suicidan y el 56% intentan acabar con su vida.
"Las enfermedades mentales son tan mortales como las físicas, e incluso que el cáncer. En Europa hay más suicidios que víctimas en la carretera o por homicidios. Por tanto, la salud mental dispone de poca atención y podemos considerar las enfermedades mentales como el asesino invisible de Europa. Estoy decidido a cambiar esta situación", ha declarado el comisario Kyprianou.
A la vista de estos datos, la UE se ha planteado si realmente las personas que se encuentran con problemas mentales buscan ayuda profesional o no y, en caso afirmativo, si se acude al médico generalista, al psiquiatra o a otro terapeuta.
En las estadísticas que ha realizado el Eurobarómetro (PDF, 280 KB) se analizan los siguientes datos en los distintos países de la UE:
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| Estadísticas del Eurobarómetro | 279.28 KB |
Ayer, 19 de enero, se firmó en Londres un acuerdo de colaboración entre la Asociación Médica Mundial (AMM), la Federación Internacional de Farmacéuticos (FIF), el Consejo Internacional de Enfermería (CIE) y la Alianza Internacional de Organizaciones de Pacientes (IAPO), organismo mundial que representa a pacientes de todas las nacionalidades y patologías.
Esta alianza proporciona un mecanismo importante para que los profesionales de la salud y los pacientes colaboren con el fin de lograr una atención médica de calidad centrada en el paciente en todo el mundo.
El Dr. Otmar Kloiber, Secretario General de la AMM, dijo que: "El intercambio de conocimientos y habilidades y la unión de organizaciones y experiencias serán beneficiosos para nuestras asociaciones miembros y nuestra relación con la OMS".
Por su parte, el Presidente de la IAPO, Albert van der Zeijden, señaló que: "Sabemos que no podemos lograr una atención médica centrada en el paciente sólo con nuestro trabajo, por lo que agradecemos esta oportunidad de colaborar con socios comprensibles y cooperadores, como son las asociaciones de profesionales de la salud."
En representación del FIF, el secretario general, Ton Hoek, agregó: "Estamos muy contentos con esta alianza e instamos a nuestras asociaciones miembros a que colaboren con las organizaciones de pacientes a fin de mejorar la asistencia sanitaria en el mundo."
Por su parte, la directora general del CIE, Judith Oulton, dijo: "Como profesionales de la salud, esta alianza es un reflejo de nuestro compromiso para comprender las necesidades y perspectivas de los pacientes, el objetivo de nuestro trabajo."
La IAPO también informó sobre su intención de mejorar la relación entre los profesionales sanitarios y los pacientes en el I Congreso Mundial de Pacientes de la IAPO, que se celebrará en febrero de 2005 en Londres. Las organizaciones de pacientes de todo el mundo trabajarán junto con los dirigentes del CIE, la FIF y la AMM para desarrollar la relación entre los profesionales de la salud y los pacientes a escala nacional, regional e internacional. Virginia Ladd, miembro del Consejo de la IAPO y paciente crónica, mostró su entusiasmo por este congreso y dijo: "Las buenas relaciones entre pacientes y profesionales sanitarios se basan en el respeto mutuo, la confianza y una comunicación eficaz, con beneficios tanto para los pacientes como para los profesionales de la salud, pudiendo conseguir, por ejemplo, un seguimiento más estricto de los tratamientos y una asistencia sanitaria más satisfactoria."
El 13 de enero, el abogado general del Tribunal de Justicia, presentó las conclusiones en el asunto Keller, que enfrenta a una ciudadana alemana residente en España contra el antiguo INSALUD. Si el juez en su sentencia sigue las indicaciones del abogado general, se iniciará una nueva línea jurisprudencial que va todavía más allá en el reembolso de gastos médicos y que obligaría a reembolsar los gastos de asistencia sanitaria generados en un país tercero siempre que se reúnan determinados requisitos.
El día 13 de enero se presentaron las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto Keller, que enfrenta a una ciudadana alemana residente en España y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el antiguo INSALUD.
En septiembre de 1994, la Sra. Keller fue a Alemania a visitar a su familia y allí se le diagnosticó un tumor maligno en la base del cráneo, lo suficientemente grave como para provocarle la muerte en cualquier momento. Estando ya en posesión del preceptivo formulario de desplazamiento E-111, la Sra. Keller obtuvo también el formulario E-112, expedido por la autoridad sanitaria española competente (INSALUD). La validez de este último formulario fue prorrogada en sucesivas ocasiones hasta junio de 1996, con objeto de permitirle seguir recibiendo la asistencia médica necesaria por parte de los servicios públicos de salud alemanes, ya que el traslado de la Sra. Keller a España no se consideró aconsejable.
Tras sopesar diversas posibilidades terapéuticas, los servicios médicos alemanes llegaron a la conclusión de que la Sra. Keller necesitaba operarse de modo inmediato y que, dada la pericia que ello requería, el único lugar en Europa donde se podía realizar la operación era la Clínica Universitaria de Zúrich. La Sra. Keller fue trasladada por los servicios médicos alemanes a dicha Clínica, donde fue operada con resultados satisfactorios. A ello siguió la radioterapia en el período comprendido entre diciembre de 1994 y febrero de 1995.
Tras haber abonado los gastos de dicho tratamiento (87.030 CHF), la Sra. Keller solicitó su reembolso al INSALUD. Se le denegó, debido a que no había solicitado autorización previa para su operación en Suiza, como requería la normativa española y el INSALUD no había podido verificar que mediaba una urgencia vital. Acto seguido, la Sra. Keller interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid contra dicha resolución del INSALUD. Esta demanda se amplió contra el INSS, toda vez que dicha autoridad era la que tendría que abonar los gastos del mencionado tratamiento en el caso de que se estimara la pretensión. La Sra. Keller murió el 30 de octubre de 2001 y sus padres, como herederos, se subrogaron en la demanda.
El abogado general en sus conclusiones considera que los formularios E-111 y E-112, vinculan a la institución competente que los expide en lo relativo al diagnóstico efectuado por la institución del lugar de estancia o de residencia, incluyendo la decisión de enviar al trabajador para someterlo a una operación de urgencia vital a una institución médica situada en un país no perteneciente a la Unión Europea (Suiza), y sin que la institución competente pueda exigir el regreso del trabajador para someterlo a los dos exámenes médicos que considere oportunos y ofrecerle las opciones asistenciales apropiadas a la patología que presente.
Según el abogado general, la institución competente está obligada a asumir los gastos derivados de la asistencia sanitaria prestada a un trabajador por un país ajeno a la Unión Europea cuando se acredite que el trabajador, si hubiera estado afiliado o asegurado en la institución del lugar de residencia, habría tenido derecho a dicha prestación sanitaria, cuando además se da la circunstancia de que dicha asistencia sanitaria figura entre las prestaciones previstas por la legislación del Estado competente.
El INSALUD y el Gobierno español alegaron que no estaba comprendida la asistencia médica recibida en un país tercero en el ámbito de aplicabilidad del Reglamento nº 1408/71, que se limita al territorio de los Estados miembros. Por lo que se refiere al tenor literal del artículo 22, apartado 1, letra c), del Reglamento nº 1408/71, que en su opinión debe interpretarse de forma restrictiva, afirman que la autorización se limita a la asistencia recibida en el Estado miembro de estancia o de residencia.
Hay que esperar a lo que decida el magistrado del Tribunal de Justicia, ya que las conclusiones del abogado general no son vinculantes aunque, en la mayoría de los casos se siguen sus indicaciones. De ser así, se iniciaría una nueva línea jurisprudencial que obligaría al reembolso de los gastos de asistencia sanitaria generados en un país tercero siempre que se reúnan determinados requisitos.
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| Conclusiones completas del abogado general, Sr. L.A. Geelhoed | 60.13 KB |
El día 1 de febrero, la comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo (PE) ha analizado una comunicación de la Comisión Europea sobre la aplicación de las directivas de salud y seguridad en el trabajo.
La conclusión es que el número de enfermedades y accidentes de trabajo está disminuyendo gracias a las medidas de protección que ha tomado la Unión Europea (UE) en este campo.
No obstante, los datos estadísticos recogidos en la comunicación son alarmantes tanto para la Comisión como para el Parlamento: 5.200 trabajadores pierden sus vidas como consecuencia de un accidente laboral cada año.
En la UE se registran anualmente 4,8 millones de accidentes laborales. Cerca de dos tercios de estos accidentes provocan una ausencia del trabajo de más de tres días de duración y casi el 14% de los trabajadores sufren uno o más accidentes al año.
Esto implica que cada año se pierden unos 158 millones de jornadas laborales y que cerca de 300.000 trabajadores sufrirán minusvalías permanentes de distinto grado como resultado de un accidente o enfermedad laboral. Se calcula que el coste total para la economía oscila entre el 2,6 y el 3,8% del PIB. Estos datos demuestran el elevado coste económico que conlleva no contar con una política social apropiada y representan un obstáculo importante para alcanzar el objetivo estratégico del pleno empleo. El PE opina que, si la Comisión continúa el camino marcado, los resultados de la próxima comunicación, que cubrirá a todos los nuevos Estados miembros, serán incluso peores.
Los eurodiputados consideran que la futura estrategia en materia de salud y seguridad en el trabajo debería cubrir las profesiones liberales y prestar una atención especial a los sectores sanitario, agrícola, construcción y pesca.
Teniendo en cuenta que el 50% de los trabajadores europeos no tienen acceso a los servicios de prevención, los diputados invitan a la Comisión Europea a presentar propuestas que puedan englobar las políticas nacionales de prevención en una estrategia comunitaria común.
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| Comunicación sobre la aplicación práctica de las disposiciones de la Directivas de salud y seguridad en el trabajo | 470.89 KB |
El Boletín de la Orden de Médicos de Francia, en su número 10 de diciembre de 2004, ha publicado un estudio sobre la demografía médica en este país al 1 de enero de 2004, cuyos datos principales hemos recogido.
El informe sobre "El ejercicio médico en el horizonte del año 2020" indica que dentro de 20 años habrá un 40% menos de médicos en el territorio francés. La situación se agravará dentro de 10 o 12 años. Consideran que aumentar el "numerus clausus" a 8.000 a partir de ese año y mantenerlo así durante los 5 a 10 años siguientes para parar este declive sería una posible solución, sin perjuicio de tener que bajarlo de nuevo, llegado el momento, para no encontrarse en un futuro con la situación contraria.
Se observa un aumento de la densidad médica del 61% entre 1979 y 2004 (206 médicos por 100.000 habitantes en 1979, 340 en 2004). La situación en Francia nunca había sido tan buena en cuanto a la oferta de servicios, lo que hace que sea difícil entender los discursos alarmistas sobre la escasez de médicos prevista, así como la dificultad para garantizar la estabilidad de los servicios o la desertización médica de ciertas zonas. Sin embargo, analizando detenidamente las cifras, la situación es preocupante.
Hay unos 103.697 generalistas en Francia. Descontando los médicos que no trabajan habitualmente, la cifra desciende hasta 92.844.
Y descontando también los médicos con ejercicio privado que, aunque están colegiados en la Orden como generalistas, ya casi no ejercen la medicina general, se podría calcular una cantidad definitiva de unos 75.000. Teniendo en cuenta únicamente los generalistas que se ocupan de la asistencia primaria y de las guardias, habría que limitarse al sector liberal. En ese caso, la cifra ya no sería 75.000, sino menos de 60.000.
Todo hace pensar que las dificultades de la medicina general se agravarán ya que los estudiantes cada vez se inclinan menos hacia esta disciplina que, sin embargo, se ha convertido en una especialidad de pleno derecho. En general, el número de médicos se reducirá ineludiblemente dentro de tres o cuatro años. El número de médicos que se va a jubilar (sobre los 65 años) no se compensará con la llegada de médicos jóvenes a partir del año 2008.
El número decreciente de cirujanos constituye una gran preocupación. Es un problema urgente, como lo es para otras especialidades, como por ejemplo la obstetricia.
Hay pocos estudiantes de medicina que quieran ejercer la cirugía, debido a que el trabajo es bastante penoso: hay muchas guardias fijas y localizadas; también la judicialización creciente de la profesión y el temor a un juicio están muy presentes; los sueldos son muy poco atractivos, el fijo por operaciones no ha variado desde hace 12 años, mientras que las primas de responsabilidad civil se han multiplicado y los impuestos no han parado de aumentar en el sector privado.
Las ocho especialidades quirúrgicas registradas en la Orden de Médicos francesa suman un total de 8.973 médicos. Salvo en el caso de la cirugía plástica, reparadora y estética, en el resto de las especialidades se ha producido una baja de efectivos o un estancamiento.
El número de cirujanos generales es mayor (50% del total), pero 1/3 de los que ejercen esta especialidad han adquirido otra competencia de especialidad quirúrgica. El número total se calcula con las "entradas y las salidas". Para saber el número de especialistas que se forman (entradas) habría que conocer el número de licenciados, lo que de momento es imposible.
En efecto, el número de plazas que salen en la convocatoria de cada especialidad, publicado por decreto en el boletín oficial, no es el mismo que el número de especialistas que finalmente se forman, ya que, hasta el presente año, se podían dejar plazas vacantes. Por el contrario, se conoce el número de "salidas", con algunas excepciones: 129 médicos cirujanos se jubilarán cada año hasta el 2008, 266 se jubilarán del 2008 al 2013 y del 2013 al 2018 dejarán de trabajar 299 cirujanos al año.
Ahora bien, en los últimos años el número de plazas de formación era mucho menor que el de jubilaciones: sólo 140 en el año 2000. Por ello el déficit se ha acumulado y no va a ser el pequeño el cupo anual de médicos en formación contratados a través del concurso especial reservado a los médicos extranjeros el que va a mejorar la situación.
Afortunadamente, el decreto de 30 de abril de 2004 fijó en 380 el número de plazas en las especialidades quirúrgicas, pero, debido a la duración de los estudios medicoquirúrgicos, estos profesionales no empezarán a trabajar como especialistas hasta el 2012, como poco. La media de edad de los cirujanos aumenta (47,8 años). La feminización es escasa: sólo el 6,8% de los cirujanos son mujeres, frente al 38% del conjunto de la profesión.
La pirámide de edades confirma estos datos estadísticos: la pirámide se ha invertido, la base se ha estrechado y el relevo no está garantizado, como puede verse en la tabla.
Eurostat ha publicado los datos relativos al Anuario de estadísticas regionales de 2004 en la Unión Europea, de los que hemos seleccionado los más significativos en el ámbito de la profesión médica y la asistencia sanitaria: Demografía médica, Camas hospitalarias, y PIB sanitario y salud pública. En este anuario, por primera vez se presentan los datos relativos a los diez nuevos Estados miembros de la Unión.
El número de camas hospitalarias per cápita tiene una tendencia bastante diferente. Durante el periodo 1980-2000, el número de camas caía en picado en la mayoría de los Estados miembros. En toda la UE se produjo una caída del 30%, probablemente debido al hecho generalizado de que los tiempos de estancia en los hospitales se redujeron de 17,4 días en 1980 a menos de 11 en 1997.
En la mayoría de los países, el tiempo que los pacientes están hospitalizados ha disminuido considerablemente durante los últimos 30 años. Además, ahora las diferencias son menores entre unos países y otros. En 1980, el valor más alto (23,2 días) se daba en Luxemburgo y Suecia, y era aproximadamente 2,4 veces mayor que el valor más bajo (9,8 días), que se daba en Irlanda. En 1996, el valor más alto era 15,3 días (Luxemburgo) y el menor 7,2 días (Dinamarca).
Una de las razones de este descenso son las restricciones económicas que se impusieron en los años 90, cuya finalidad era racionalizar los servicios sanitarios en todo el mundo. La creciente demanda de asistencia sanitaria por parte de la tercera edad, normalmente con minusvalías o enfermedades crónicas, se resolvió, en la mayoría de los casos, con un traspaso de las camas de agudos o de pacientes psiquiátricos a camas de cuidados de larga duración, junto con una caída constante del número total de camas. Los recursos disponibles, considerados como el número de camas de hospitales per cápita, varían considerablemente según el país. No obstante, la prestación de servicios hospitalarios a escala nacional y regional, se corresponde con el gasto total en sanidad.
En Suecia, Portugal y España, el número de camas por 1000 habitantes en el año 2000 era menor que en el resto de los Estados miembros de la UE15 (3,6, 3,8 y 4,1; respectivamente), mientras que era mayor en Alemania (9,1). En los nuevos Estados miembros la variable va de 0,2 en Chipre a 10,9 en la República Checa , estando la mayoría de los países en el nivel más alto. Estas cifras incluyen las camas de hospitales públicos y privados, pero no son uniformes a la hora de incluir las camas clínicas y las camas de los hospitales de día. El contraste en el número de camas sigue siendo importante, aunque se tenga en cuenta la diferencia en las definiciones.
Eurostat ha publicado los datos relativos al Anuario de estadísticas regionales de 2004 en la Unión Europea, de los que hemos seleccionado los más significativos en el ámbito de la profesión médica y la asistencia sanitaria: Demografía médica, Camas hospitalarias, y PIB sanitario y salud pública. En este anuario, por primera vez se presentan los datos relativos a los diez nuevos Estados miembros de la Unión.
Durante los últimos 20 años, la demografía médica ha experimentado un aumento constante en la mayoría de los Estados miembros. En muchos países, los médicos con posibilidad de ejercicio son claramente más que los que están ejerciendo. Por ejemplo, en Luxemburgo, hay una diferencia muy pequeña, mientras que en España la diferencia es sustancial.
Las tasas de densidad de médicos en ejercicio (médicos por 1000 habitantes) han crecido en todos los Estados miembros antiguos y nuevos, y en los países candidatos, durante los últimos 20 años. Entre los antiguos Estados miembros de la UE, Grecia e Italia facilitan tasas por encima de los 4 médicos por 1.000 habitantes, y en Bélgica, Dinamarca, España, Luxemburgo y Austria los valores superan los 3. En los nuevos Estados miembros y en los países candidatos, los valores van desde los de Rumania (1,9), Polonia y Eslovenia (2,2) hasta los de la República Checa (3,7) y Lituania (3,8). El contraste de datos es considerable en estos países, pero podría deberse a las diferencias entre los sistemas sanitarios.
En algunos Estados miembros, los estudios sugieren que el número de médicos debería incrementarse (escasez de ciertas especialidades, necesidad creciente en el sector de los cuidados de larga duración, etc.). Por ejemplo en el Reino Unido se está debatiendo la necesidad de más médicos de cabecera y más especialistas, debido a la falta de médicos residentes en los hospitales.
Eurostat ha publicado los datos relativos al Anuario de estadísticas regionales de 2004 en la Unión Europea, de los que hemos seleccionado los más significativos en el ámbito de la profesión médica y la asistencia sanitaria: Demografía médica, Camas hospitalarias, y PIB sanitario y salud pública. En este anuario, por primera vez se presentan los datos relativos a los diez nuevos Estados miembros de la Unión.
La prestación de servicios médicos y hospitalarios a nivel nacional o regional está estrechamente ligada con el gasto total en sanidad. El porcentaje de Producto Interior Bruto (PIB) que los Estados miembros destinaron a la asistencia sanitaria en 1998-2000 va de un 6 a un 10,4%. Existe una especie de división norte-sur (más Irlanda), pero la diferencia no es grande. La proporción de PIB destinado a gasto sanitario fue mayor en Alemania (10,3%), Francia (9,5%) y Dinamarca (8,3%), que en Eslovenia (5,9%) o Polonia (6,2%).
Entre 1980 y 2000, esta proporción aumentó en la mayoría de los Estados miembros. El nivel de gasto depende, por una parte, de los precios de los bienes y servicios y, por otra, del número de servicios. En este sector, el problema es que la "salud" es un producto que no se puede medir directamente. Si bien en la mayoría de los sectores económicos es fácil disponer de cifras sobre productos y precios, es imposible cuando se trata, por ejemplo, de los servicios ambulatorios u hospitalarios. Además, como la asistencia sanitaria se organiza y es diferente a escala regional o nacional, es difícil hacer comparaciones entre los países, si se refieren a cifras reales o a tendencias (por ejemplo, ¿dónde está la línea divisoria entre servicios sanitarios y sociales?).
Las estructuras de salud pública varían considerablemente según el país y las actividades de salud pública en su conjunto están muy divididas y a cargo de autoridades diferentes. La mayoría de la atención especializada se presta en los hospitales generales. Los hospitales de día y la cirugía ambulatoria se están imponiendo progresivamente en países como Dinamarca, Irlanda, el Reino Unido, Bélgica, Francia, Italia y los Países Bajos. La cirugía ambulatoria es cada vez más importante en Alemania, Luxemburgo y Portugal, pero sigue siendo poco común en Grecia y España. También va siendo más común que la salud mental especializada se integre en los hospitales generales, para coordinar su prestación con la atención comunitaria y cerrar centros psiquiátricos.
Como los gobiernos regionales van adquiriendo peso, las regiones también son más importantes en Europa como unidades de gestión política y administrativa de la sanidad. En España , por ejemplo, las comunidades autónomas han conseguido una gran autonomía, y la consecuencia práctica ha sido que controlan la totalidad del presupuesto sanitario.
La situación es parecida en Bélgica. Desde 1996, la reforma del sistema sanitario francés, cuya finalidad era regionalizar la organización de la asistencia sanitaria, hizo posible que los hospitales fueran responsables de asignar el presupuesto. La gestión sanitaria también se está reorganizando totalmente en el Reino Unido, y los hospitales del NHS (Servicio Nacional de Salud) tienen varios niveles de responsabilidad. En otros Estados miembros, como los Países Bajos y Suecia, los ayuntamientos son responsables de la asistencia sanitaria.
En una sentencia de 18 de noviembre de 2004, el Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que es compatible con la directiva 93/16/CE, sobre libre circulación de médicos, el que un Estado miembro, en este caso Italia, dé prioridad en la selección de médicos generalistas para cubrir plazas en su sistema sanitario a aquellos candidatos que estén en posesión de la formación específica en medicina general y del certificado de derechos adquiridos pre-95, frente a los que sólo tengan una de estas dos cualificaciones.
Se trata de un asunto que ha surgido en Italia en el que, a la hora de elaborar una lista para la adjudicación de plazas de médicos generalistas en la región de Puglia, se ha dado una valoración más elevada a aquellos médicos que disponían de la formación en medicina general y de la habilitación para ejercer que a aquéllos que sólo disponían de la habilitación sin la formación complementaria.
Los aspirantes acudieron a los tribunales locales al no estar de acuerdo con la baremación para la adjudicación de las plazas. El Tribunal regional planteó ante el Tribunal de Justicia de la UE la cuestión prejudicial sobre la compatibilidad de la normativa para adjudicar las plazas con la Directiva 93/16/CE sobre libre circulación de médicos.
Esta cuestión presupone, de manera implícita, que la directiva contiene, efectivamente, disposiciones sobre la selección de aspirantes para el ejercicio de actividades de medicina general en los sistemas de seguridad social, y esto no es así. No obstante, esta directiva no sólo se limita a facilitar la libre circulación de los médicos dentro de la UE, sino que también armoniza las exigencias mínimas aplicables a la formación como médico generalista y, en virtud de dicha armonización, también produce efectos legales en las situaciones puramente nacionales como en el presente asunto.
La Comisión de las Comunidades Europeas ha considerado en el juicio que, habida cuenta de la facultad discrecional que poseen los Estados miembros para determinar los derechos adquiridos, la directiva 93/16/CE no regula ni las modalidades de participación en los concursos públicos de acceso al régimen de seguridad social de un Estado miembro de los médicos que sólo poseen la habilitación profesional obtenida antes del 1 de enero de 1995, ni las posibles cuotas de reserva en su favor, así como tampoco los puntos que les son atribuidos en los procedimientos de selección.
Sin embargo, los demandantes sostienen que, desde el 1 de enero de 1995, los Estados miembros no pueden conceder a los médicos que posean la formación específica en medicina general y que hayan obtenido asimismo el certificado de derechos adquiridos antes del 31 de enero de 1994, un trato más favorable consistente en la reserva de un número de plazas mayor que el asignado a los poseedores de uno u otro título, respectivamente.
Por su parte, el Tribunal de Justicia entiende que:
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| Sentencia completa | 69.44 KB |
El día 27 de febrero entró en vigor el Convenio Marco para el Control del Tabaco y, a partir de ahora, las partes contratantes estarán jurídicamente vinculadas por las disposiciones del tratado en las que se establecen normas internacionales en materia de fijación de precios y aumento de impuestos, publicidad y patrocinio, etiquetado, comercio ilícito y tabaquismo pasivo.
"Su médico o
farmacéutico
pueden
ayudarle a
dejar de fumar"
"Fumar puede
reducir el flujo
sanguíneo y
provoca
impotencia "
Este Convenio Marco que fue adoptado por unanimidad por la 56ª Asamblea Mundial de la Salud en mayo de 2003, tras casi tres años de negociaciones, ha sido firmado por 168 países y 55 lo han ratificado ya, de los cuales 13 son de la Unión Europea.
El informe publicado por la Comisión Europea titulado: "Tabaco o salud en la UE: pasado, presente y futuro" (PDF, 409.76 KB), destaca que, a pesar de los progresos logrados con las campañas de prevención y control, fumar sigue siendo la principal causa de fallecimientos y enfermedades en la UE.
Más de 650.000 europeos mueren cada año a causa del tabaco, lo que supone uno de cada seis fallecimientos en el cómputo global, y cerca de trece millones más padecen enfermedades crónicas graves.
El día 1 de marzo, el comisario de Sanidad de la Unión Europea, Markos Kyprianou, iniciará una campaña contra el tabaco en la que se van a invertir varios millones de euros.
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| Resumen ejecutivo del informe | 409.76 KB |
La Comisión Europea tiene previsto excluir la sanidad de la directiva de servicios porque considera que es un tema particularmente sensible; sin embargo, sí pretende seguir adelante con esta propuesta ya que, en su opinión, puede generar 600.000 empleos más en la Unión Europea.
La propuesta de directiva de servicios en el mercado interior, cuyo texto en español puede consultarse en el Boletín “Europa al día” 121, fue acogida con cierta preocupación por parte de la profesión médica europea, que manifestó ante las autoridades comunitarias que los servicios sanitarios requieren unos controles y una reglamentación más rigurosos al afectar a la vida y al bienestar de los ciudadanos y por lo tanto, deberían ser excluidos del contenido de la directiva.
Recientemente se han producido novedades interesantes en el procedimiento de aprobación de esta propuesta, que avalan la postura que la profesión médica defendió en su momento:
El comisario de Mercado Interior, Charles McCreevy, compareció ante la Conferencia de Presidentes de los grupos políticos del Parlamento Europeo, y confirmó que la Comisión Europea considera que esta directiva de servicios es impracticable política y técnicamente. Manifestó también que debatirá todo lo necesario con los gobiernos de los Estados miembros y la Eurocámara para conseguir "una legislación pactada" que incremente el mercado único de servicios.
Uno de los "puntos clave" de esta propuesta es el llamado principio del "país de origen", que indica que los prestadores de servicios deben someterse únicamente a las legislaciones nacionales de su Estado miembro de origen o de procedencia.
A pesar de que la propuesta de directiva prevé que las profesiones reguladas queden excluidas de la aplicación de este principio, la profesión médica ha manifestado que la excepción del principio del país de origen no debe dejar lugar a dudas.
Para garantizar que la sanidad funcione bien es importante que todo el mundo respete las normas y la legislación del Estado miembro donde se presta el servicio. Por lo tanto, el profesional que presta servicios médicos debe estar sujeto a las normas del Estado miembro de acogida que, a su vez, debería tener el derecho y la obligación de supervisar al prestador y los servicios.
La supervisión desde el país de origen no es realista y una excepción en casos individuales cuando se trata de profesionales sanitarios no es suficiente. Puesto que todavía no existe una versión definitiva de la directiva sobre reconocimiento de títulos, es importante que la directiva de servicios sea clara en este tema y la excepción del principio de país de origen para el ejercicio de la medicina no debe dejar lugar a dudas ya que, de no ser así, los grandes perjudicados serán los pacientes.
Por su parte, el Consejo de Ministros de Competitividad de la UE, en su sesión de 7 de marzo, ha analizado el contenido de esta propuesta de directiva y se ha mostrado partidario de excluir varios sectores de su campo de aplicación, como son: la sanidad, la fiscalidad, la prensa, la lotería y los juegos de azar.
El Consejo de Competitividad volverá a reunirse los días 17 y 18 de abril y abordará nuevamente este tema. Estamos a la espera de la primera lectura del Parlamento Europeo en la que se presentará este texto enmendado.
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| Directiva del PE y del Consejo relativa a los servicios en el mercado interior | 517.26 KB |
Markos Kyprianou, Comisario europeo de Sanidad y Protección de los Consumidores, se ha comprometido a actuar junto con la industria y los grupos de consumidores, los expertos sanitarios y los líderes políticos, para hacer frente a la epidemia de obesidad que afecta a Europa, puesto que las cifras publicadas a fecha de hoy revelan que el número de escolares de la Unión Europea con sobrepeso está aumentando en unos 400.000 niños cada año.
Miembros fundadores de la plataforma.
De izq. a dcha.: Markos Kyprianou, comisario europeo de Sanidad, Mars Di Bartolomeo, ministro luxemburgués de Sanidad, y Karl-Heinz Florenz,
presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo
Los datos del grupo de trabajo International Obesity Task Force (IOTF) indican que es posible que se haya subestimado el problema de la obesidad en Europa, ya que algunos países han declarado cifras inferiores a las reales, y que más de 200 millones de adultos de toda la Unión Europea pueden tener sobrepeso o estar obesos.
«La Plataforma de acción de la Unión Europea cuya creación anunciamos hoy [por ayer] constituye la contribución europea a la lucha contra este problema. Las empresas, la sociedad civil y los Gobiernos deben trabajar juntos para frenar el crecimiento de la obesidad en nuestros niños», declaró el Comisario Kyprianou.
La creciente incidencia de la obesidad, en particular entre los jóvenes, ha alarmado a los expertos en sanidad. La obesidad es un factor de riesgo para muchas enfermedades graves, entre las que se cuentan las enfermedades cardiovasculares, la hipertensión, el infarto, las enfermedades respiratorias, la artritis y algunos tipos de cáncer; asimismo, se ha atribuido a la epidemia de obesidad que invade Europa el incremento del número de personas afectadas de diabetes tipo 2. Una dieta poco adecuada y la falta de ejercicio están entre las causas principales de muchas muertes que habrían podido evitarse, y se calcula que la obesidad supone entre el 2% y el 8% de los costes sanitarios.
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La Plataforma europea de acción sobre la dieta y la actividad física reúne a los principales representantes de las industrias de alimentación, el comercio minorista, el sector de la restauración y la publicidad a escala europea, a las organizaciones de consumidores y a las ONG que trabajan en el terreno de la salud. Los miembros de la Plataforma presentarán en los próximos meses planes de acción detallados sobre las actividades que van a emprender para promover dietas más sanas o alentar la práctica de ejercicio físico.
La Plataforma de la Unión Europea tendrá como objetivo apoyar las iniciativas nacionales y locales mediante las acciones de sus miembros y ayudar a catalizar nuevas iniciativas en toda la Unión Europea. Actuará también como foro en el que las partes interesadas podrán analizar sus respectivas acciones de lucha contra la obesidad y comprobar si los compromisos asumidos se están cumpliendo realmente.
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| Informe de la Plataforma de acción sobre alimentación, actividad física y salud | 48.52 KB |
El eurodiputado español Alejandro Cercas ha elaborado un proyecto de informe en el que defiende que tanto los periodos de actividad como los de inactividad deben contabilizarse como tiempo de trabajo. Este infome será analizado por el Parlamento Europeo en los próximos meses de abril y mayo.
En este Boletín "Europa al día" hacemos un seguimiento legislativo de la propuesta de directiva sobre ordenación del tiempo de trabajo, incluyendo la postura de la profesión médica europea manifestada ante las instituciones comunitarias a través del Comité Permanente de Médicos Europeos, CPME.
Alejandro Cercas en el
Parlamento Europeo
En el año 1993, se publicó la Directiva 93/104/CE, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, que fue modificada por la 2000/34/CE, con el fin de incluir a los sectores de actividad inicialmente excluidos, como los médicos en formación.
En el año 2003, se publicó una nueva directiva, 2003/88/CE, que compilaba el contenido de las dos anteriores y contenía dos disposiciones que había que revisar, que son:
La Comisión Europea , por su parte, propuso modificar también la definición de tiempo de trabajo y planteó las siguientes propuestas:
La fase de consulta con los interlocutores sociales se centró en estas tres áreas:
La fase del procedimiento legislativo en la que nos encontramos actualmente es la siguiente:
El Comité Permanente de Médicos Europeos, CPME, organización que representa a 2.000.000 de médicos en la UE, ha manifestado su oposición a las principales propuestas de esta revisión de la directiva sobre el tiempo de trabajo.
La mortalidad global en la UE durante el periodo 1999-2001, según los datos recogidos en el último anuario estadístico de Eurostat, refleja que las enfermedades del aparato circulatorio son la principal causa de defunción, tanto en las mujeres (44%) como en los varones (37%). La segunda causa más frecuente son los tumores malignos, que suponen un 29% de las muertes en los varones y cerca del 23% en las mujeres.
A pesar de estos datos generales, los patrones de mortalidad varían considerablemente entre las regiones, así como por edad y sexo. En algunas patologías, los hombres tienen el doble de tasa de mortalidad que las mujeres.
La mortalidad global en la mayoría de los nuevos Estados miembros, junto con Bulgaria y Rumania, es especialmente alta, tanto en los varones como en las mujeres. Sin embargo, en los países de la UE-15, se aprecia una mortalidad baja en el sur, sobre todo en Italia, España y Grecia.
En la Europa de los 25, las enfermedades del aparato circulatorio son la causa más frecuente de defunción tanto en las mujeres como en los hombres, con una tasa de mortalidad especialmente elevada en los países del Este.
Entre las enfermedades del aparato circulatorio, la patología cerebrovascular supone el 22% de las defunciones en los varones y el 28% en las mujeres, y es, por lo tanto, la segunda causa más frecuente dentro de este grupo tras la enfermedad isquémica del corazón.
Letonia y algunas regiones de Hungría, Rumania y Bulgaria tienen las tasas de mortalidad más altas por ictus en los hombres. El panorama entre las mujeres es bastante similar, pero además una región griega y dos portuguesas refieren unas tasas de mortalidad muy altas. Las tasas más bajas se encuentran en Francia, en donde todas las regiones siguen la tendencia nacional de una mortalidad media baja: la tasa francesa en las mujeres es 35,3 y en los hombres 49, ambas bastante inferiores a los valores medios de la UE-25 que son 50,6 y 63,1 respectivamente.
Las tasas de mortalidad por infarto suelen ser bajas en el oeste (Francia, Bélgica, Países Bajos y las regiones occidentales de Alemania), así como en el sur (Chipre, partes de Italia y España).
En cuanto a las enfermedades isquémicas del corazón, la obesidad, la falta de ejercicio, el consumo de tabaco y alcohol, la diabetes, la hipertensión y el estrés se suelen considerar los principales factores de riesgo para tener un infarto. Hay que tener en cuenta que la diferencia que se aprecia entre los países puede deberse a los hábitos alimenticios en los antiguos 15 Estados, así como a los efectos de la transición en curso en los nuevos Estados miembros y en los países candidatos.
En la Unión Europea de los 25, el cáncer de colon supone más del 8% de los tumores malignos, por lo que es uno de los cánceres más frecuentes. La mortalidad en los varones es 1,5 veces mayor que en las mujeres. Más aún, en las regiones más afectadas (con una tasa de mortalidad en los varones mayor de 25) la mortalidad es mucho mayor entre los hombres que entre las mujeres. En la UE-25 la tasa de mortalidad en los varones es de 16, pero en algunas regiones de Hungría y República Checa se alcanzan valores por encima de 30.
Las enfermedades del aparato respiratorio suponen más del 10% del total de decesos en la UE-25 y son, por lo tanto, la tercera causa más frecuente de muerte.
Merece la pena señalar que de este porcentaje se han excluido los cánceres, que se han incluido en los tumores malignos. En las enfermedades del aparato respiratorio se pueden observar diferencias considerables en función del sexo: los varones suelen morirse más de enfermedades crónicas de las vías respiratorias, incluida el asma (más del 45% de las muertes en este grupo son ocasionadas por enfermedades del aparato respiratorio), mientras que las mujeres sufren más enfermedades infecciosas de las vías respiratorias: gripe y neumonía (cerca del 50% de la mortalidad femenina se debe a enfermedades respiratorias).
Aunque es común a todas las edades, la gripe y la neumonía se convierten en graves y letales en edades avanzadas. La estructura general de la población (con un mayor número de mujeres ancianas) también explica esta diferencia entre sexos. Se observan unas cifras especialmente altas en el Reino Unido, donde más del 75% de todas las regiones informan de una tasa de mortalidad por grupo de edad del 50% o más.
El cáncer de próstata afecta más frecuentemente a los hombres mayores (en la UE, más de 9 de cada 10 decesos se producen en mayores de 65 años).
El cáncer de próstata representa cerca del 10% de las muertes en varones causadas por un tumor maligno. Lo cual supone un 3% del total de muertes en varones. Tiene, por lo tanto, un impacto pequeño en la mortalidad masculina. Sin embargo, cuanto mayor sea la esperanza de vida, más repercusiones tendrá para la salud pública.
En toda la Unión Europea , se puede observar un claro contraste entre los países septentrionales y las meridionales. La mortalidad ocasionada por el cáncer de próstata es relativamente alta en los países escandinavos, en Bélgica, en los Países Bajos y en algunas regiones francesas. Por su parte, los países mediterráneos tienen una tasa de mortalidad menor, junto con Bulgaria, Hungría y Rumania. La menor esperanza de vida de los hombres en estos últimos países puede explicar, en parte, la menor mortalidad por cáncer de próstata.
El cáncer de pecho es el cáncer que afecta con mayor frecuencia a las mujeres. Es responsable de cerca del 4% de las muertes en la población femenina europea y supone un 18% del total de decesos femeninos causados por tumores malignos.
El cáncer de pecho afecta con bastante frecuencia a las mujeres jóvenes: cerca del 40% de los decesos tienen lugar antes de los 65 años.
El mapa estadístico del cáncer de pecho, que es el mismo para todas las edades y para las mujeres de menos de 65 años, muestra la diferencia geográfica. Una gran franja en la que se produce un exceso de mortalidad, en comparación con la media de la UE-25 del 23,4%, cruza diagonalmente Europa de Irlanda a Hungría. En el resto de los países las tasas son mucho más bajas, sobre todo en Bulgaria, Chipre, Grecia y España.
La comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo se reunirá el próximo 19 de abril y analizará, entre otros temas, el proyecto de informe del eurodiputado Alejandro Cercas sobre la distribución del tiempo de trabajo, que modifica la directiva 2003/88/CE.
Alejandro Cercas en el Parlamento
Europeo
Se trata de un proyecto de resolución legislativa mucho más favorable para la profesión médica que el documento inicial de la Comisión Europea, y que una vez aprobado se votará en el pleno del Parlamento Europeo.
El documento introduce una serie de enmiendas interesantes:
"Todo el periodo de guardia, incluido en tiempo inactivo se considera tiempo de trabajo. No obstante, por ley o por convenio colectivo, los tiempos de guardia inactivos podrán ser computados de forma específica a efectos de la duración media máxima semanal prevista en el artículo 6" .
Descanso compensatorio: (artículo 17.2 y 18.3). La enmienda 11 suprime el plazo de 72 horas para disfrutar del descanso compensatorio:
"Siempre que se concedan periodos equivalentes de descanso compensatorio a los trabajadores de que se trate en momentos que sucedan inmediatamente a los periodos de trabajo correspondientes, salvo si lo disponen de otra manera los convenios colectivos u otras formas pertinentes de diálogo social".
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| Informe completo del eurodiputado Alejandro Cercas | 183.18 KB |
En el Boletín Europa al día 150, de enero de 2005, informamos acerca de las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) en el asunto Keller, que enfrentaba a una ciudadana alemana, residente en España y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, con el antiguo INSALUD.
Logo del antiguo INSALUD
El pasado 12 de abril el tribunal dictó sentencia en la que obliga a la institución española de seguridad social a reembolsar directamente el coste de la asistencia de la Sra. Keller en Suiza a sus herederos, ya que ella falleció durante el tratamiento. Con ello, el Tribunal de Justicia da un paso más en su jurisprudencia obligando a un Estado miembro, en este caso España, a reembolsar los gastos ocasionados en un país no perteneciente a la Unión Europea.
Recordemos que Annette Keller, de nacionalidad alemana y residente en España, solicitó de la institución española competente (INSALUD) los correspondientes formularios para poder recibir tratamiento en Alemania.
Durante su estancia en este país, se le diagnosticó un tumor maligno que podía provocarle la muerte en cualquier momento. Tras un profundo análisis de las posibilidades terapéuticas, los médicos alemanes decidieron trasladar a la Sra. Keller a la Clínica Universitaria de Zurich (Suiza), al considerar que ésta era la única clínica donde podía practicarse con posibilidades reales de éxito la operación que necesitaba.
La Sra. Keller abonó los costes de la asistencia recibida en Zurich y, ulteriormente, solicitó el reembolso de dichos gastos al INSALUD.
A raíz de la denegación de su solicitud, la Sra. Keller interpuso un recurso ante los tribunales. El órgano jurisdiccional nacional solicitó al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que interpretara el Reglamento de Seguridad Social de 1971 para averiguar si le correspondía o no el reembolso.
El Tribunal de Justicia en su sentencia puntualiza que, durante el periodo de validez del formulario, el Estado de afiliación, en este caso España, otorga su confianza a los médicos de la institución del Estado miembro de estancia, es decir, Alemania, y está vinculado por las decisiones que estos profesionales tomen, con independencia de si el traslado se realiza a un país de la UE o a un tercer Estado.
Por todo ello, el Tribunal ha decidido que corresponde a la institución española de seguridad social reembolsar directamente el coste de la asistencia sanitaria recibida en Suiza a los herederos de la Sra. Keller.
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| Sentencia completa del caso Keller | 126.18 KB |
El Foro Europeo de Política Sanitaria (EHPF), un grupo de expertos sanitarios a escala europea creado por la Dirección General de Sanidad de la Comisión Europea, al que pertenece el Comité Permanente de Médicos Europeos (CPME), ha elaborado un documento de recomendaciones sobre la información sanitaria.
Durante la reunión del CPME celebrada en Bruselas el día 9 de abril, se ha debatido y aprobado el documento, cuyos objetivos son establecer unas normas de buenas prácticas que deberán cumplir los proveedores de información y que deberán conocer los consumidores y, además, llevar a cabo un estudio de viabilidad que analice el potencial de un programa especializado de información sanitaria.
En este documento, del que ofrecemos la versión íntegra (PDF, 137 KB) traducida por nuestro Departamento de Relaciones Internacionales, se indican una serie de recomendaciones:
Todo ello encaminado a la elaboración de un programa europeo específico de información sanitaria, una información que en estos momentos está dispersa en diversos programas, iniciativas y actores políticos. La propuesta es que un único programa u otras iniciativas integradas podrían satisfacer mejor las necesidades de Europa en esta materia.
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| Recomendaciones sobre la información sanitaria | 136.23 KB |
La Comisión Europea ha presentado recientemente una comunicación titulada «Más salud, seguridad y confianza para los ciudadanos: estrategia de salud y protección de los consumidores» (2007-2013), que pretende fusionar y ampliar los programas que hasta ahora protegían, por separado, la salud pública y a los consumidores, presentando una acción conjunta para los años 2007 a 2013.
Logos europeos de
protección de los
consumidores y
salud pública
La comunicación propone, como objetivos comunes, proteger a los ciudadanos ante riesgos y amenazas que no pueden controlar por sí solos ni pueden abordar eficazmente sus Estados miembros, mejorar su capacidad para tomar decisiones más fundadas sobre sus intereses en materia de salud y consumo e integrar los objetivos de salud y consumo en todas las políticas comunitarias.
Además, presenta objetivos específicos para la salud y la protección de los consumidores.
El programa propuesto, basado en los dos programas actuales sobre salud pública y consumidores y que contará con una financiación de 1.203 millones de euros, tiene previsto emprender acciones comunes para mejorar la información mediante el refuerzo del papel de las organizaciones europeas de salud y consumidores y del desarrollo en mayor medida de los mecanismos de consulta. También persiguen potenciar la repercusión de las políticas en materia de salud y consumidores en otros campos.
Por lo que se refiere a las acciones en materia de salud, el programa refuerza los tres capítulos del actual programa sobre salud pública, cuyo objeto es reunir y facilitar información, controlar los riesgos y abordar los factores determinantes de la salud. Además, el nuevo programa establece tres nuevos capítulos destinados a:
Igualmente, la superación de las desigualdades en materia de salud y la salud de los mayores y de los niños constituirán temas prioritarios.
La Agencia ejecutiva para el programa de salud pública, de reciente creación, se ampliará para dar apoyo a todas las actividades en el marco del programa conjunto propuesto, y contará con un nuevo departamento del Instituto del consumidor.
El programa propuesto incluye planes para desarrollar estrategias destinadas a potenciar las defensas europeas contra las epidemias, aportar fondos para respaldar la cooperación entre los sistemas de salud de los Estados miembros y apoyar un refuerzo de la protección de los consumidores en toda la UE.
Por ejemplo, el programa podría aportar financiación para:
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| Salud, seguridad y confianza para los ciudadanos:Salud y protección de consumidores | 445.88 KB |
La Unión Europea está desarrollando su plan de acción "eEuropa 2005", que pretende crear una sociedad de la información para todos fomentando la seguridad de los servicios.
En esta línea, la Comisión Europea ha realizado una comunicación titulada "La salud electrónica - Hacia una mejor asistencia sanitaria para los ciudadanos europeos", sobre la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones a la totalidad de las funciones que afectan al sector de la salud.
Este documento incluye herramientas para uso de las autoridades sanitarias, de los profesionales, los pacientes y los ciudadanos, como por ejemplo:
Y muchas otras herramientas basadas en las tecnologías de la información y las comunicaciones cuyo objetivo es facilitar la prevención, el diagnóstico, el tratamiento, el seguimiento de la salud y la gestión del estilo de vida.
La salud electrónica puede contribuir a la prestación de una asistencia mejor y más barata dentro de los sistemas de salud centrados en el ciudadano, que, actualmente se enfrentan a los siguientes retos:
Europa se encuentra ahora en una situación privilegiada en lo que se refiere al uso de historias clínicas informatizadas en la asistencia primaria y en la implantación de las tarjetas sanitarias. Todo ello ha contribuido a la aparición de una "industria de la salud electrónica" que puede convertirse en la tercera industria más importante del sector de la salud.
Dentro del programa eEuropa, ya hemos informado en ocasiones anteriores sobre las tarjetas sanitarias electrónicas (Boletín "Europa al día" 101 y 113), y sobre los criterios de calidad de las páginas web (Boletín "Europa al día" 100).
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| "La salud electrónica - Hacia una mejor asistencia sanitaria para los ciudadanos europeos" | 287.02 KB |
El día de ayer, la Organización Mundial de la Salud (OMS), en su 58ª Asamblea Mundial, celebrada en Ginebra durante los días 16 a 25 de mayo, ha aprobado una resolución sobre la seguridad de la sangre, proponiendo el día 14 de junio como Día Mundial del Donante de Sangre, para promover la donación voluntaria a nivel mundial.
Se celebrará bajo el lema «Festejamos tu donación de sangre» y hará hincapié en historias reales de personas cuya vida ha cambiado - y en muchos casos se ha salvado - por una donación. Se destacará el hecho de que los donantes de sangre voluntarios y no remunerados son la base de un suministro sanguíneo seguro, porque esas personas tienen niveles claramente más bajos de infecciones transmisibles por transfusión, incluido el VIH y los virus de la hepatitis.
Dentro de la política de salud pública en la Unión Europea se ha prestado una especial atención a la seguridad de la sangre y sus productos derivados. Su función de mantenimiento de la vida sobrepasa las urgencias médicas, y se emplea en procedimientos quirúrgicos rutinarios y en terapias destinadas a prolongar la calidad de vida.
No obstante, dado el grado de utilización de estos productos en la medicina, su calidad, seguridad y eficacia deben garantizarse para prevenir la transmisión de enfermedades. Es este hecho básico lo que subyace en los esfuerzos de la UE por garantizar que existen los requisitos necesarios para proteger tanto a los donantes como a los receptores de sangre y de productos sanguíneos.
El marco legislativo comunitario es la directiva 2002/98/CE, que establece las normas de calidad y de seguridad para la extracción, verificación, tratamiento, almacenamiento y distribución de sangre humana y sus componentes. Esta normativa regula los requisitos de calidad, seguridad y eficacia relacionados con las donaciones de sangre y plasma, ya sean para transfusiones, como materia de partida para la elaboración de productos medicinales derivados del plasma o como productos básicos en algunos dispositivos médicos de diagnóstico in vitro. Además, establece disposiciones respecto a la recogida, los análisis, el procesamiento, el almacenamiento y la distribución de sangre humana y de componentes sanguíneos, las normas de calidad y seguridad, y también los procedimientos de trazabilidad.
Un suministro fiable de sangre segura es fundamental para mejorar la salud, en particular de las mujeres y los niños. Por ejemplo, más de medio millón de mujeres - el 99% de ellas en países en desarrollo - mueren cada año en el mundo por complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto. Las hemorragias, que representan el 25% de esas complicaciones, son la causa más común de defunciones maternas. Hasta el 70% de las transfusiones que se realizan en África se destinan a niños que padecen anemia grave provocada por el paludismo, enfermedad de la que muere aproximadamente uno de cada cinco niños en ese continente.
Cada año se donan en todo el mundo más de 80 millones de unidades de sangre, pero sólo el 39% de esas donaciones se recoge en los países en desarrollo, donde vive el 82% de la población mundial.
La celebración del Día Mundial del Donante de Sangre también es una parte importante de la estrategia encaminada a reducir la transmisión de enfermedades graves como el VIH/sida, el paludismo y las hepatitis B y C. Según las cifras más recientes recogidas en un estudio mundial de la OMS, al menos 65 países no aplican la recomendación de la OMS sobre la necesidad de analizar toda la sangre donada para detectar el VIH, la hepatitis B , la hepatitis C y la sífilis.
Tres grandes organizaciones que trabajan a favor de la donación de sangre voluntaria y no remunerada han decidido que este día se celebre el 14 de junio: la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja , la Federación Internacional de Organizaciones de Donantes de Sangre y la Sociedad Internacional de Transfusión de Sangre. A ellas se ha sumado la Organización Mundial de la Salud, que copatrocina el evento.
La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo (PE) ha elaborado un informe, cuyo ponente es John Bowis, sobre la movilidad de los pacientes y los progresos de la asistencia sanitaria en la Unión Europea , que se debatirá en el próximo pleno del PE.
En este informe se solicita que se desarrolle urgentemente una política coherente en materia de movilidad de los pacientes teniendo en cuenta las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Si bien la prestación de asistencia sanitaria es competencia exclusiva de los Estados miembros, de conformidad con los tratados, no es menos cierto que el Tribunal de Justicia y sus sentencias han puesto en marcha un proceso sobre la movilidad de los pacientes que tiene el potencial de otorgar poderes a los mismos y mejorar la salud de los ciudadanos europeos. Estos son algunos de los argumentos que se exponen en este informe de iniciativa que la comisión de salud pública presenta al pleno de la Eurocámara.
John Bowis subraya que la atención sanitaria transfronteriza no debe convertirse en una prestación automática y que debe ofrecerse sólo en caso necesario o en caso de retrasos inaceptables: "L os pacientes cuya situación suponga un riesgo vital deben tener derecho a recibir tratamiento en el momento adecuado en otro Estado miembro si el tratamiento de que se trate no está disponible en su país o no lo está en un plazo razonable ".
También pide a la Comisión que armonice los procedimientos de reembolso de gastos respetando las normas nacionales y establezca plazos para la recogida y evaluación de datos sobre el actual movimiento transfroterizo de pacientes.
El ponente lamenta que la Comisión Europea no establezca un calendario de acción concreto y solicita que se elabore un conjunto de orientaciones sobre asuntos básicos relacionados con la movilidad de los pacientes para el 1 de enero de 2007.
Por último, el informe solicita la elaboración de una carta de derechos del paciente para reconocer, entre otros, los siguientes derechos:
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| Movilidad de los pacientes y progresos en la asistencia sanitaria en la UE. Informe completo del eurodiputado John Bowis | 121.27 KB |
La cooperación entre la profesión médica y la industria farmacéutica es importante y necesaria en todos los niveles del desarrollo y el uso de los medicamentos para garantizar la seguridad de los pacientes y la eficacia del tratamiento.
El Comité Permanente de Médicos Europeos (CPME) y la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA) conscientes de sus responsabilidades hacia los pacientes y la sociedad, han considerado conveniente crear un marco que sirva de base a escala europea y nacional para regular la relación entre la profesión médica y la industria farmacéutica, basándose en unos principios generales que garanticen la ética profesional y los derechos de los pacientes.
Estas normas éticas, que van más allá de las disposiciones legales, son independientes de la legislación existente, y pretenden garantizar la autonomía de las dos partes en el desarrollo de sus actividades.
Dentro del proceso de información, queda garantizada la independencia clínica del médico, así como la veracidad y precisión de los materiales promocionales. También se insiste en el control de los regalos, viajes o estancias injustificadas promovidas y aceptadas por cada sector.
Las reuniones deben estar acreditas y ofrecer datos científicos y médicos, siempre dejando claro quién es el laboratorio patrocinador. No pueden patrocinarse actos deportivos o lúdicos.
Los ensayos tienen que estar basados en buenas prácticas clínicas y nunca realizarse con fines comerciales. El patrocinador tiene que quedar claro y los datos deberán publicarse independientemente de los resultados obtenidos.
La colaboración de los médicos con la industria no debe poner en peligro su autonomía clínica y, cuando presenten sus resultados, es obligatorio que incluyan una declaración de interés, para asegurar la transparencia de ambas partes.
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| Declaración conjunta del CPME y de la EFPIA sobre cooperación entre la profesión médica y la industria farmacéutica | 123.84 KB |
Después de que el Parlamento Europeo debatiera y aprobara el informe de Alejandro Cercas sobre la directiva de tiempo de trabajo, el pasado 31 de mayo la Comisión Europea presentó una nueva propuesta de directiva que modifica la 2003/88/CE, en la que acepta algunas de las enmiendas del PE y otras las rechaza.
Los puntos más interesantes de esta nueva propuesta son:
El período inactivo del tiempo de atención continuada podrá calcularse sobre la base de una media del número de horas o de una proporción del tiempo de atención continuada que tenga en cuenta la experiencia en el sector de que se trate, en virtud de convenios colectivos o acuerdos entre los interlocutores sociales o previa consulta de éstos.
El período inactivo del tiempo de atención continuada no podrá tenerse en cuenta para calcular los períodos de descanso previstos en los artículos 3 (descanso diario) y 5 (descanso semanal).
El período durante el cual el trabajador ejerce efectivamente su actividad o sus funciones durante el tiempo de atención continuada se considerará siempre tiempo de trabajo.
La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo ha aprobado recientemente un informe de iniciativa sobre la modernización de la protección social y el desarrollo de una asistencia sanitaria de calidad.
Este tema ya fue planteado en el año 1992 por el Consejo Europeo, que instó a los Estados miembros a establecer y desarrollar sistemas de asistencia sanitaria de calidad adecuados a las necesidades de la población, teniendo en cuenta que estas necesidades irían en aumento, en particular en relación con el envejecimiento demográfico, los avances en el diagnóstico y el tratamiento, la mejora del bienestar y de la información de los pacientes, las necesidades de prevención y la mayor movilidad de la población comunitaria.
Uno de los objetivos de la Unión Europea en este ámbito es garantizar el acceso a una asistencia de elevada calidad para todas las personas, independientemente de su edad, sexo, nacionalidad o recursos, garantizando siempre la sostenibilidad financiera de los sistemas sanitarios.
Durante los últimos años, se han producido una serie de factores que han contribuido a la necesidad de hacer un análisis profundo sobre este tema, como son:
La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del PE analiza los esfuerzos que está realizando la Comisión Europea en el ámbito sanitario, aunque considera que son insuficientes para los objetivos que se quieren lograr.
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| Informe del Parlamento Europeo sobre la modernización de la protección social y el desarrollo de una asistencia sanitaria de calidad | 154.49 KB |
Como ya informamos en boletines anteriores (números 101, 113 y 129, correspondientes a los meses de abril y noviembre de 2003 y junio de 2004 respectivamente), la tarjeta sanitaria europea entró en vigor el día 1 de junio de 2004, sustituyendo a los formularios para acceder a la asistencia sanitaria en otro Estado miembro de la Unión Europea , con el objetivo de facilitar el acceso a la asistencia sanitaria y simplificar los trámites.
Un año después de esta fecha, la Comisión Europea ha hecho un estudio sobre su aplicación y más del 60% de los ciudadanos han solicitado ya esta tarjeta.
Los países que ya la están aplicando son: Austria, Bélgica, Alemania, Dinamarca, España, Estonia, Francia, Finlandia, Grecia, Italia, Irlanda, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, la República Checa , Eslovenia, Portugal, Noruega y Suecia.
Todos estos Estados ya no pueden expedir el formulario E111, pero sí pueden, en caso de emergencia (por pérdida de la tarjeta, desplazamiento inminente…), o cuando en Estado al que se acude está en proceso de introducción de la nueva tarjeta, expedir un “certificado provisional”, que reemplace a la tarjeta sanitaria.
En boletines anteriores (121 y 156, correspondientes a los meses de marzo de 2004 y 2005 respectivamente), hemos informado acerca de esta propuesta de directiva que pretende crear un marco jurídico unitario para la prestación de servicios en el mercado interior europeo.
Esta propuesta se está tramitando ahora en el Parlamento Europeo y la ponente es la Sra. Gebhardt, del partido socialista. El proceso legislativo está resultando muy complicado, ya que no hay acuerdo entre los Estados miembros ni entre los partidos políticos.
Se mantiene la posición de la profesión médica europea de seguir solicitando que los servicios sanitarios se excluyan del ámbito de esta directiva, siempre que se mantenga en su redacción actual, ya que el proceso legislativo de aprobación está paralizado debido a las 1200 enmiendas que se han introducido a la misma. Los puntos más conflictivos son el alcance de la directiva, el país de origen y el sistema de supervisión.
Las enmiendas presentadas respecto al principio del país de origen por Gebhardt permiten que cuando un prestador de servicio esté establecido en un país de la UE, goce directamente del derecho de prestar sus servicios en cualquier otro país miembro. Sin embargo, el prestador tendrá que darse de alta ante las autoridades nacionales competentes en el lugar en que quiera prestar dicho servicio, lo que supone que tendrá que conocer cuáles son las normas que ha de cumplir desde el punto de vista de la protección del medio ambiente, la protección del consumidor, los derechos de los trabajadores, etc., sin que todo este proceso implique trabas al prestador del servicio.
La señora Gebhardt aclaró que todo este proceso burocrático ha de respetar siempre una competencia leal frente a las empresas del país de acogida. Con este nuevo enfoque, se consigue una mayor libertad en la prestación de servicios, a la vez que se protegen los derechos de los trabajadores.
Por otra parte, el informe de Gebhardt contempla la figura de la ventanilla única como un mecanismo útil para facilitar los procedimientos y trámites administrativos correspondientes para la prestación de un servicio que el Estado miembro de destino exija para el correcto ejercicio de la profesión. Para la ponente, la ventanilla única debe suponer un instrumento suplementario de ejercicio del control del Estado de acogida frente a lo que se mantiene en la propuesta de Directiva de la Comisión, donde es el país de origen el único que tiene el derecho y el deber de controlar los servicios prestados en el extranjero.
Igualmente, y a diferencia de la propuesta de la Comisión, Evelyne Gebhardt propone que la ventanilla única adquiera más atribuciones que le permitan ser a la vez el interlocutor de los prestadores de servicios que quieran instalarse en otro Estado miembro y el de aquellos que solamente deseen prestar un servicio de manera temporal.
Para terminar su intervención, la señora Gebhardt manifestó su interés en atrasar la aplicación de la propuesta de directiva en los diferentes Estados miembros para dar tiempo suficiente a todos los países a adecuar sus niveles de administración y Derecho público para la correcta aplicación de la propuesta de directiva. El plazo que propone Gebhardt para su aplicación es de 4 años.
El informe de Evelyne Gebhardt incluye la propuesta de crear formularios europeos unitarios válidos en todos los Estados miembros y un único interlocutor al que dirigirse para resolver los trámites administrativos. La mayor parte de los eurodiputados han mostrado su apoyo a dicha propuesta aunque otros, sin embargo, han remarcado al respecto que no se pueden sacrificar asuntos importantes, como son las normas medioambientales, en pro de la reducción de la burocracia y que el interlocutor no puede tener la potestad de otorgar o quitar autorizaciones.
La mayoría de los eurodiputados asistentes a la reunión de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor insistieron en la necesidad de ampliar el plazo de presentación de enmiendas, previsto para el 3 de junio. En la reunión se propusieron como posibles fechas de presentación de enmiendas los días 9 y 10 de junio, estableciendo ésta última como fecha definitiva y manteniendo la votación en pleno para el mes de octubre.
La Directiva sobre fabricación, presentación y venta de productos del tabaco, 2001/37/CE, en su artículo 11, obliga a la Comisión Europea a presentar periódicamente al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, un informe relativo a la aplicación de las medidas contenidas en la misma.
La Directiva sobre fabricación, presentación y venta de productos del tabaco, 2001/37/CE, en su artículo 11, obliga a la Comisión Europea a presentar periódicamente al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, un informe relativo a la aplicación de las medidas contenidas en la misma.
Durante este verano, se ha publicado el primero de estos informes de evaluación que se basa en las respuestas que han dado los distintos Estados miembros a un cuestionario que se les envió en junio de 2004. Los puntos básicos sobre los que se centra son:
A pesar de que no ha pasado mucho tiempo desde la transposición de la directiva, el informe demuestra que ya van produciéndose a escala comunitaria los efectos positivos de la reglamentación de los productos del tabaco. Según la Comisión, dicha experiencia también será útil en el contexto mundial, ya que el Convenio marco de la OMS para el control del tabaco (CMCT) incorpora muchos de los conceptos clave de la directiva.
La Comisión Europea sigue observando con atención los avances científicos por lo que se refiere a los distintos aspectos de los productos del tabaco y sus efectos sobre la salud, incluidos los efectos cancerígenos, cardiotóxicos y que crean dependencia, y se ha comprometido a tratar todas las conclusiones detalladamente en el próximo informe.
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| Primer informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación de la Directiva sobre el tabaco | 141.01 KB |
El pasado 7 de septiembre, el Parlamento Europeo aprobó, en primera lectura, una propuesta de Reglamento sobre medicamentos pediátricos que pretende incentivar a la industria farmacéutica para que invierta en investigación y desarrollo de medicinas infantiles.
En la Unión Europea , la población infantil representa un 20% del total, lo que supone 100 millones de personas. En la mayor parte de los casos, los niños, al carecer de medicinas específicas para ellos, consumen medicamentos elaborados para adultos en dosis inferiores, a pesar de que su organismo los absorbe y elimina de forma diferente.
Se ha demostrado que más del 50% de las medicinas utilizadas en Europa para tratamientos infantiles no se han experimentado en niños ni se ha autorizado su uso específico para ellos.
Durante el debate previo a la votación, los diputados recordaron que la falta de una industria farmacéutica que elabore medicamentos especialmente destinados a los niños se debe principalmente a que el número de menores que sufre enfermedades específicas es inferior al de adultos, lo que hace que la mayoría de las industrias consideren que el margen de beneficios que se podrían obtener por estos medicamentos es insuficiente en relación a la inversión en investigación y desarrollo que deberían realizar.
Con el actual reglamento se persigue corregir esta situación e incentivar a la industria farmacéutica para que invierta en investigación y desarrollo de medicinas infantiles. Para ello, los diputados se han mostrado a favor de permitir a las industrias compensar estos costos con los beneficios que obtendrán de prolongar en seis meses los actuales quince años de validez de una patente. El Parlamento añade una excepción: el desarrollo de indicaciones pediátricas para algunas enfermedades relativamente raras, donde la prorroga podrá ser de 8 meses (enmienda 11).
Sobre toda una serie de temas se ha alcanzado un gran consenso con objeto de acelerar el desarrollo de medicamentos pediátricos. Así, se han adoptado varias enmiendas destinadas a reducir los plazos administrativos y a mejorar la transparencia y el intercambio de información para evitar solapamientos inútiles en la industria.
El texto también considera necesario establecer un programa de estudios pediátricos «Investigación sobre medicamentos para los niños de Europa» (MICE), ya que " sin un instrumento financiero específico la industria farmacéutica no tendría interés en efectuar estudios para aplicaciones pediátricas de los medicamentos que no están cubiertos por una patente o por un certificado complementario de protección " (justificación de la enmienda 9).
Otro número de enmiendas adoptadas se refieren al nuevo Comité Pediátrico propuesto por la Comisión con vistas a determinar sus competencias, composición o entrada en funciones (enmiendas 6, 20, 21).
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| Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a medicamentos pediátricos | 479.6 KB |
El Parlamento Europeo ha aprobado, en segunda lectura, una propuesta de directiva sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los riesgos de exposición a radiaciones ópticas, la última de una serie de cuatro diseñadas para proteger a los trabajadores de los riesgos derivados de los "agentes físicos", que incluyen las vibraciones, el ruido y los campos electromagnéticos.
Uso de ordenadores
en el ámbito laboral
Esta nueva propuesta, que entrará en vigor 4 años después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, establece los límites de exposición a la radiación óptica y fija las obligaciones del empresario concernientes a la evaluación del riesgo, la información y la formación de los trabajadores.
El principal objetivo de esta directiva es la prevención y el diagnóstico precoz de cualquier efecto sanitario adverso, la prevención de cualquier riesgo sanitario a largo plazo, así como la prevención de enfermedades crónicas como resultado de las exposiciones a la radiación óptica.
El Parlamento ha considerado que las obligaciones que impone a los empresarios no se aplicarán a los riesgos de las radiaciones solares, ya que se considera que corresponde a los Estados miembros y no a la Unión Europea evaluar los peligros derivados de una exposición prolongada a las radiaciones solares por parte de los trabajadores, así como su protección frente a los efectos nocivos de las mismas.
El empresario sólo deberá evaluar riesgos y tomar medidas en lo que concierne a las radiaciones artificiales, por ejemplo, a las que están expuestos quienes trabajan con rayos láser (enmienda 30, artículo 5.1). La Cámara considera que es necesario un enfoque europeo para las radiaciones artificiales, pero no para las naturales, cuya regulación debe mantenerse en el ámbito de los Estados miembros (enmienda 5), de tal forma que cada país pueda actuar como lo considere conveniente. Sin embargo las enmiendas que perseguían la eliminación de toda referencia a las radiaciones naturales en la directiva (enmiendas 19 y 27) no han logrado la mayoría absoluta requerida.
Respecto a las fuentes de radiación artificial, como los láser, el Parlamento ha respaldado la posición común del Consejo de Ministros en lo que concierne a las medidas que el empresario tiene que tomar para proteger a sus empleados:
Los diputados están de acuerdo con todas estas disposiciones, pero quieren que la Comisión elabore una guía práctica para ayudar a los empleadores, especialmente a las pymes (enmiendas 3 y 12).
El fenómeno de la droga es una de las principales preocupaciones de los ciudadanos de Europa y una amenaza importante para la salud y la seguridad de la población. El consumo de drogas, particularmente entre los jóvenes, está en unos niveles históricamente altos. Además, la incidencia del VIH/sida entre los consumidores es una causa de creciente preocupación en varios Estados miembros.
Por todo ello, para la Unión Europea es una prioridad política encontrar una respuesta realista y eficaz a este problema y en diciembre de 2004, el Consejo Europeo aprobó la estrategia europea en materia de lucha contra la droga (2005-2012), donde se establece el marco, los objetivos y las prioridades para dos planes de acción consecutivos de cuatro años que presentará la Comisión.
Lo que se pretende este plan de acción es reducir todo lo posible el consumo de estupefacientes entre la población y, por ello, va a centrarse en las dos dimensiones principales de la política sobre drogas: la reducción de la demanda y la reducción de la oferta.
La estrategia tiene como finalidades principales:
También va a cubrir otros aspectos transversales como la cooperación internacional, la investigación, la información y la evaluación.
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| Plan de acción de la UE en materia de lucha contra la droga (2005-2008) | 137.76 KB |
Las enfermedades mentales afectan cada año a más del 27% de los adultos europeos y son las responsables de gran parte de las 58.000 muertes por suicido anuales, cifra que supera al de las víctimas mortales por accidentes de tráfico (50.700).
Los problemas mentales se sitúan entre las tres primeras causas de absentismo laboral y constituyen uno de los principales motivos de jubilación anticipada e incapacidad permanente. Se calcula que los costes económicos derivados de este tipo de enfermedades representan hasta el 3-4% del producto interior bruto (PIB), debido fundamentalmente a la pérdida de productividad.
Los trastornos mentales más comunes en la UE son la ansiedad y la depresión. En Europa, la depresión afecta anualmente al 4,5% de la población general. Se prevé que en 2020 la depresión será la segunda causa más frecuente de discapacidad en las sociedades desarrolladas.
Hasta hace poco, sin embargo, otras cuestiones sobre salud pública habían ensombrecido en gran medida la importancia de la salud mental. Pero ahora existe un fuerte compromiso político y por eso, el día 24 de octubre, se presentó el Libro Verde sobre salud mental (PDF, 268 KB), que pretende hacer una consulta pública sobre las necesidades en este campo y emprender las acciones oportunas a partir del año 2006.
Con el Libro Verde, la Comisión Europea ha expresado su voluntad de abordar la situación iniciando un amplio debate sobre este tema, dirigido a destacar la importancia del bienestar mental y examinar la mejor manera de desarrollar una estrategia integral de la UE sobre salud mental, que propone tres áreas principales de acción:
Las propuestas reflejadas en el Libro Verde forman parte del seguimiento de la Comisión sobre la conferencia ministerial organizada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre salud mental celebrada en Helsinki en enero de 2005, donde 52 Estados miembros de la región europea de la OMS y la Comisión Europea refrendaron la Declaración sobre salud mental y un plan de acción para Europa, estableciendo un marco para la acción concertada.
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| Libro Verde sobre salud mental | 267.9 KB |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE), consciente de que la seguridad sanitaria de los ciudadanos europeos es uno de los aspectos fundamentales de la salud pública, ha presentado un informe en el que señala la necesidad de que los representantes políticos establezcan una estrategia de salud protectora.
Las crisis sucesivas que han azotado el mundo durante las dos últimas décadas (el SIDA, sangre contaminada, el SRAS, legionelosis, bioterrorismo) han puesto de manifiesto que el riesgo sanitario ha abandonado el campo exclusivamente médico para entrar en el ámbito social y político.
El CESE considera que la salud pública de la Unión Europea todavía no ha incorporado los principios de seguridad sanitaria, ya que la administración sanitaria a escala europea sólo sería eficaz si cuenta con el reconocimiento tanto de las autoridades competentes de cada uno de los Estados miembros, como de los consumidores.
El CESE en su informe, destaca cinco factores médicos que definen la seguridad sanitaria, que son:
Propone la celebración periódica de congresos europeos sobre salud pública de alto nivel, dedicados a debatir las medidas colectivas que deben adoptarse, dar información precisa sobre estas crisis, aportar respuestas coordinadas, evaluar las amenazas de riesgos procedentes del exterior, facilitar diagnósticos rápidos y ofrecer respuestas adecuadas.
También defiende que se conceda ya al futuro Centro europeo para la prevención y el control de las enfermedades de Estocolmo un amplio y reforzado mandato para elaborar informes pertinentes y continuos en materia de salud pública y hacer que los Estados miembros de la Unión Europea adopten las medidas necesarias, con arreglo al principio de subsidiariedad.
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| Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La seguridad sanitaria: una obligación | 104.4 KB |
El pasado 18 de noviembre, el Parlamento Europeo votó en primera lectura el paquete legislativo REACH sobre el registro, evaluación y autorización de los productos químicos.
Esta iniciativa trata de analizar las 30.000 sustancias químicas que están en el mercado con el fin de garantizar una mayor protección de la salud y del medio ambiente, centrándose en las sustancias preocupantes, entre las que se incluyen las cancerígenas, mutágenas y tóxicas.
Los datos sanitarios relacionados con las sustancias químicas que ha facilitado la Comisión Europea son preocupantes:
El paquete legislativo consta de dos part